Cambio de paradigma ético
9-a-periodo 3
A partir de la descripción de la crisis socio-ecológica
actual, surge la necesidad de seis transformaciones claves de una sociedad
futura:
a. pasar de una visión antropocéntrica del mundo que
comprende solo los intereses y valores humanos a una visión solidaria entre el
mundo natural y el mundo humano, que comprende los intereses y valores del
resto de los seres vivos que comparten la biosfera con nosotros, lo que
significa orientarse hacia una solidaridad antropocósmica y una justicia
interespecífica.
b. pasar de una sociedad dividida y territorialista
(estados-nación), aunada por una globalización económica y financiera
asimétrica e injusta, a una sociedad no territorialista, que aspira a una
sociedad global aunada en una conciencia planetaria que lucha por la igualdad y
por la justicia global.
c. pasar de una sociedad que solo comprende los intereses
presentes, a una sociedad planetaria que
comprende los intereses de los seres humanos futuros, esto es, orientada hacia
una justicia intergeneracional basada en el principio de responsabilidad por
las generaciones futuras.
d. pasar de una economía productivista, desarraigada de la
tierra, abstracta e inmaterialita —en cuanto separada de la biosfera— y
materialista —en cuanto abusa de los recursos naturales mediante ritmos de
producción y consumo desenfrenados, a
una economía que se inserta como un subsistema dentro del ecosistema físico,
global y finito que es la biosfera, lo que significa pasar de una economía capitalista
y productivista a una economía ecológica.
e. pasar de sociedades insostenibles, depredadoras del medio
y profundamente desiguales en lo social, a sociedades ecológicamente
sostenibles más justas e igualitarias.
f. pasar de una ciudadanía global para unos pocos a una
ciudadanía ecológica, de la tierra, consciente y activa desde su lugar de
compartir una única tierra para una humanidad actual y futura.2. en relación
con la justicia ecológica, se sostiene que solo es abordable a través de tres
líneas de acción y conceptos complementarios: la justicia interespecífica, la
justicia intergeneracional y la justicia global.
3. proponemos que la filosofía de la sustentabilidad se base
en el principio de responsabilidad como deber de cuidado por el ser vulnerable.
4. la teoría de la responsabilidad, en tanto teoría de
deberes no recíprocos y asimétricos, se considera fundamento de una teoría
contractualista de los derechos y deberes recíprocos.
5. los límites encontrados al concepto emergente de
ciudadanía ecológica, en virtud de estar basado en una ética del cuidado y el
problema de la universalización de la misma en un contexto de pluralismo moral,
pueden ser superados por la asunción de la teoría de los deberes no recíprocos
de la responsabilidad, en tanto ésta se declina como virtud de cuidado y como
deber de justicia, saliendo así al paso del problema de subordinar virtudes
ciudadanas ecológicas (cuidado y compasión) al principio de justicia global.
aplicación del tema-
después de la lectura comprensiva, elabore un ensayo-donde
se evidencie el énfasis del cambio de paradigma- que sería lo que tenemos que
evitar y que es lo que tenemos que hacer, para no ser testigos del colapso del
planeta tierra-
Cecilio Gaitán Ocampo
ética 9-a
No hay comentarios:
Publicar un comentario