sábado, 17 de octubre de 2020

 

Cambio de paradigma ético

9-a-periodo 3

A partir de la descripción de la crisis socio-ecológica actual, surge la necesidad de seis transformaciones claves de una sociedad futura:

a. pasar de una visión antropocéntrica del mundo que comprende solo los intereses y valores humanos a una visión solidaria entre el mundo natural y el mundo humano, que comprende los intereses y valores del resto de los seres vivos que comparten la biosfera con nosotros, lo que significa orientarse hacia una solidaridad antropocósmica y una justicia interespecífica.

b. pasar de una sociedad dividida y territorialista (estados-nación), aunada por una globalización económica y financiera asimétrica e injusta, a una sociedad no territorialista, que aspira a una sociedad global aunada en una conciencia planetaria que lucha por la igualdad y por la justicia global.

c. pasar de una sociedad que solo comprende los intereses presentes,  a una sociedad planetaria que comprende los intereses de los seres humanos futuros, esto es, orientada hacia una justicia intergeneracional basada en el principio de responsabilidad por las generaciones futuras.

d. pasar de una economía productivista, desarraigada de la tierra, abstracta e inmaterialita —en cuanto separada de la biosfera— y materialista —en cuanto abusa de los recursos naturales mediante ritmos de producción y consumo desenfrenados,  a una economía que se inserta como un subsistema dentro del ecosistema físico, global y finito que es la biosfera, lo que significa pasar de una economía capitalista y productivista a una economía ecológica.

e. pasar de sociedades insostenibles, depredadoras del medio y profundamente desiguales en lo social, a sociedades ecológicamente sostenibles más justas e igualitarias.

f. pasar de una ciudadanía global para unos pocos a una ciudadanía ecológica, de la tierra, consciente y activa desde su lugar de compartir una única tierra para una humanidad actual y futura.2. en relación con la justicia ecológica, se sostiene que solo es abordable a través de tres líneas de acción y conceptos complementarios: la justicia interespecífica, la justicia intergeneracional y la justicia global.

3. proponemos que la filosofía de la sustentabilidad se base en el principio de responsabilidad como deber de cuidado por el ser vulnerable.

4. la teoría de la responsabilidad, en tanto teoría de deberes no recíprocos y asimétricos, se considera fundamento de una teoría contractualista de los derechos y deberes recíprocos.

 

5. los límites encontrados al concepto emergente de ciudadanía ecológica, en virtud de estar basado en una ética del cuidado y el problema de la universalización de la misma en un contexto de pluralismo moral, pueden ser superados por la asunción de la teoría de los deberes no recíprocos de la responsabilidad, en tanto ésta se declina como virtud de cuidado y como deber de justicia, saliendo así al paso del problema de subordinar virtudes ciudadanas ecológicas (cuidado y compasión) al principio de justicia global.

aplicación del tema-

después de la lectura comprensiva, elabore un ensayo-donde se evidencie el énfasis del cambio de paradigma- que sería lo que tenemos que evitar y que es lo que tenemos que hacer, para no ser testigos del colapso del planeta tierra-

Cecilio Gaitán Ocampo

ética 9-a

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